DECLARA COMO CONTINUADORES JURÍDICOS a los ciudadanos: MARIA MATILDE SANCHEZ DE GONZALEZ y EUGENIO GONZALEZ MORALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.792.400 y V.-3.430.502 en su orden, en su condición de padres, y a: JOSVIR ALEJANDRO GONZALEZ GRANADOS, nacido en fecha 20 de Abril del año 2.002, según acta de nacimiento Nro. 1.172 de fecha 11 de Junio de 2.002, expedida por la Prefectura de la Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, en su condición de hijo, SUS DERECHOS COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE: JOSE VIRGILIO GONZALEZ SANCHEZ, quien en vida era venezolano, mayor de edad, identificado con cédula de identidad Nro. V.-9.462.829, fallecido Ab-Intestato el día 23 de Diciembre de 2.006, según acta de defunción Nro. 136 de fecha 26 de Diciembre de 2006, expedida por la Oficina de Registro Civil del Municipio Fernandez Feo del Estado Táchira. Y ASI SE DECIDE. Quedan a salvo los Derechos de Terceros de .....