Colocación Familiar del adolescente: OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA de 14 años de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V.-21.086.537, hijo de: ALBA MARINA RUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.222.300, en el hogar de su abuela materna, ciudadana: ISABEL RUIZ GAÑAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.193.681, residenciada en el pueblito, Vía Rubio, Kilómetro 5, al lado de la Granzonera, Casa s/n, Municipio Libertad en el Estado Táchira, quien de conformidad con el artículo 358 ejusdem tendrá la custodia, la asistencia material, la vigilancia y la orientación moral y educativa del guardado, así como la facultad de imponerle correcciones adecuadas a su edad y desarrollo físico y mental, y la representación en los planteles educativos, obtención de pasaporte, visa, viajes y cualquier actuación que conlleve actos donde no se amerite la correspondiente autorización judicial. Y.....