DECLARA CON LUGAR la solicitud de Rectificación de la Partida de Nacimiento de la niña (NOMBRE OMITIDO CONFORME EL ART. 65 DE LA LOPNA), signada con el Nro. 164, de fecha 05 de JUNIO de 1997, levantada por ante el Registro Civil del Municipio Andrés Bello del Estado Táchira, en consecuencia, la partida de nacimiento deberá quedar rectificada en el sentido que donde dice: "JHON ANDERSON MALDONADO" debe aparecer "JHON ANDERSON FARIÑA MALDONADO".
De conformidad con lo establecido en el artículo 502 del Código Civil remítase copia certificada de la sentencia al Registro Civil del Municipio Andrés Bello y al Registro Principal del Estado Tachira a los fines de que estampen la nota marginal correspondiente.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal el 10 de enero de 2007. Años l96° de la Independencia y l47° de l.....