DECLARA CON LUGAR, la presente demanda de: IMPUGNACION DE MATERNIDAD intentada por la ciudadana: VERENA ISABEL MANJARREZ ACUÑA, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía Nro. C.C.-37.160.527, en contra de la ciudadana: ERIKA ESPERANZA MANJARREZ ACUÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.761.153. En consecuencia, queda establecido que la ciudadana: ERIKA ESPERANZA MANJARREZ ACUÑA ya identificada, no es la madre biológica del niño: (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), quien aparece asentado en los libros de nacimientos de la Prefectura Civil del Municipio Panamericano del Estado Táchira, de fecha 10 de Enero de 1.997 bajo el Nº 03. Y ASI SE DECLARA.- Una vez que quede firme la presente sentencia envíese copia certificada de la misma a la oficina de Registro Civil jurisdiccional correspondiente, a los efectos de que se le inserte en los libros de nacimientos respectivos, una nueva acta de nacimiento al niño:.....