este JUEZA UNIPERSONAL N° 1 DE LA SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo previsto en el artículo 267 del Código Civil, concede AUTORIZACIÓN JUDICIAL amplia y suficiente a la ciudadana LOYDA JANETH GAMEZ CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.374.803, para que en nombre y representación de su hija la niña YUZBETLY ALEJANDRA MORALES GAMEZ, venezolana, de 08 años de edad, identificada con partida de nacimiento N° 204 expedida por la Prefectura del Municipio Córdoba del Estado Táchira, tramite por ante la Empresa C.A.I.M.T.A así como por cualquier otro Organismo Público o Privado, la cuota parte que le corresponde a la mencionada niña por concepto de Prestaciones Sociales y cualquier otro beneficio quedante por el fallecimiento de su padre el ciudadano.....