Por las razones que anteceden, esta SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, JUEZ SUPLENTE ESPECIAL UNIPERSONAL Nº 01, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con lo establecido en los artículo 05, 08, 30, 365 y 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con los artículos 76 y 78 de la Constitución Nacional, declara CON LUGAR la solicitud de AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARÍA hecha por la ciudadana GLADYS YOLANDA ORTEGA en contra de BENEDICTO PASTRAN CARDENAS. En consecuencia se aumenta a OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 80.000,oo) mensuales como concepto de la OBLIGACION ALIMENTARIA, más las sumas de CIENTO OCHENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 160.000,oo) en el mes de Agosto y en el mes de diciembre como aportes de gastos vacacionales y Fin de año adicionales a la pensión fijada; sumas éstas que deberán ser descontadas directam.....