Cumplidos los requerimientos exigidos por este Tribunal, esta Jueza Suplente Especial Unipersonal Nro.1, de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, AUTORIZA amplia y suficientemente a la ciudadana HAYDEE MERCEDES SILVA CARVAJAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 8.102.537, domiciliada en la ciudad de Colón, para que en nombre y representación sus hijos ALVARO XAVIER, KEILA NINOSKA y LUILLY WLADIMIR MEDINA SILVA, venezolanos, adolescentes, titulares de las cédulas de identidad Nºs V-17.057.432, V- 18.162.247 y V- 19.596.186, venda los derechos y acciones que a estos les corresponden sobre un bien inmueble compuesto de dos terrenos que conforman un solo cuerpo y la casa sobre el construida, ubicada en el barrio las Flores, calle 4, casa signada con el Nº 5-80, en Colón Est.....