Se DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por la ciudadana Amparo Marileny Peñaloza Moreno, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n. º V.- 13.302.825, en contra de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador, Instituto Pedagógico Rural Gervasio Rubio (UPEL – IPRGR). SEGUNDO: SE LE ORDENA a la Universidad Pedagógica Experimental Libertador, Instituto Pedagógico Rural Gervasio Rubio (UPEL – IPRGR), el reenganche inmediato de la ciudadana Amparo Marileny Peñaloza Moreno, antes identificada en las mismas condiciones que venían desempeñando sus funciones de oficinista, para el momento del despido. Asimismo, al pago de los salarios dejados de percibir y demás beneficios laborales que se le adeuden hasta el cumplimiento del presente fallo, en los términos expuestos en la providencia administrativa n. º 06-2006, de fecha 11 de enero del 2006, emanada de la Inspectoría de Trabajo, General Cipriano Castro del Estado Táchira. TERCER.....