Se ADMITE preliminarmente el referido recurso contencioso administrativo de nulidad incoado.
2° IMPROCEDENTE la medida cautelar de amparo solicitada en la demanda de nulidad incoada por el ciudadano Ángel Alexis Labrador Valero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n. º V.- 14.349.034, asistido por el abogado Jackson Wladimir Arenas Rangel, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n.º 111.908, en contra de la Inspectoría del Trabajo, General Cipriano Castro del Estado Táchira, por haber emitido providencia administrativa n. º 2601-2013, de fecha 3 de octubre de 2013, mediante la cual autoriza a la sociedad mercantil Pasteurizadora Táchira C. A., despedir al ciudadano accionante, antes señalado.
4°: Se ORDENA notificar mediante oficio con inserción de copias certificadas de la presente sentencia a la Procuraduría General de la República, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgá.....