PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente juicio mediante el pago de la cantidad de DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL BOLÍVARES (Bs. 278.000,00), suma que constituye la totalidad de lo adeudado al accionante por todos y cada uno de los conceptos reclamados en la demanda y originados durante la relación laboral que existió entre las partes y que la demandada pagó en su totalidad mediante un vehículo de las siguientes características: Placa: VBX79G, Serial de Carrocería: 8XDDU74W958A25989; Serial de Motor: 5ª25989; Marca: Ford; Modelo: Explorer; Año 2005; Color: Blanco; Clase: Camioneta; Tipo: Sport-Wagon; Uso: Particular, según documento autenticado por ante la Notaría Pública de San Diego, Estado Carabobo en fecha 27 de junio de 2012, bajo el n° 63, Tomo 66 que se agrega a los autos en copia certificada. SEGUNDO: En la presente mediación, producto de las recíprocas concesiones de las partes, éstas manifiestan su entera conformidad con el acuerdo alcanzado y a su vez declaran que na.....