En atención a las anteriores consideraciones este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, considera que en la presente demanda por CALIFICACIÓN DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS, intentada por el ciudadano CARLOS ANTONIO ROJAS MENDEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° 17.107.472, contra las empresas PEPSI COLA DE VENEZUELA C.A y SUMINISTROS DE PERSONAL C.A (SUPERCA), existe falta de Jurisdicción frente a la Inspectoría del Trabajo; y así se decide. PUBLIQUESE. Años 202° y 153°