PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente juicio mediante el pago de la cantidad de DIEZ MIL SETECIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 10.750,00), suma que constituye la diferencia pendiente a favor de los accionantes por los conceptos reclamados derivados de la terminación de la relación laboral que existió entre las partes y que la parte demandada se compromete a pagar así: al Ciudadano JOSÉ ÁNGEL ARRAIZ BAEZ, la cantidad de SEIS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES FUERTES (Bs. 6.500,00) que es pagada en este acto en su totalidad con cheque del Banco Mercantil N° 64221674 de la Cuenta Corriente N° 0105 0735 92 1735002623 de fecha 25/11/2009 a nombre del Ciudadano José Ángel Arraiz. A la Ciudadana NANCY CAROLINA TORRES BECERRA, le corresponde la cantidad de CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 4.250,00), que será pagada en dos cuotas de DOS MIL CIENTO VEINTICINCO BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 2.125,00) cada una, la primera el día de hoy, mediante cheque N° 21221675 d.....