este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO POR OFERTA DE PAGO seguido por la empresa EXPRESOS MÉRIDA C.A, a favor del ciudadano EDWIN OCHOA CAÑAS, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad n° 17.863.234, por PAGO DE PRESTACIONES SOCIALES y en consecuencia TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia que por cuanto la parte oferente no realizó la consignación de pago en la cuenta bancaria correspondiente, no existiendo dinero disponible a favor del trabajador, se procederá al archivo definitivo del expediente