este JUZGADO TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA intentada por el Ciudadano JESÚS FRANCENY MUÑOZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° 15.686.534, representado por los Profesionales del Derecho NEPTALÍ ESCALANTE y ALEJANDRA CHOURIO, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 44.504 y 77.572, contra la Unidad Económica o Grupo Económico El Centro, conformado por el Ciudadano LEONCIO MELANI ZAMBRANO, propietario del ESTACIONAMIENTO EL CENTRO y las Sociedades Mercantiles SURTIDORA EL CENTRO C.A y DISTRIBUIDORA EL CENTRO C.A, por concepto de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.
Dada, firma y sellada en el Despacho del Juzgado Tercero de Sustanciac.....