PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente juicio mediante el pago de la cantidad de SESENTA Y SIETE MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 67.000,00), suma que constituye la diferencia pendiente a favor del accionante por la Indemnización por Discapacidad Parcial Permanente y Diferencia de Prestaciones Sociales que reclama, en virtud de la relación laboral que existió entre las partes y que la parte demandada se compromete a pagar en dos cuotas por la cantidad de TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS BOLÍVARES FUERTES (Bs. 33.500,00) cada una, la primera que paga en este mismo acto mediante cheque N° 08024241 37FZ de la Cuenta Corriente N° 0137-0020-61-0000096281 a nombre del Ciudadano ARNOLD ALEXANDER PARADA MOLINA, de fecha 10 de noviembre de 2009 y la segunda y última parte será pagada por la demandada el día 15 de diciembre de 2009, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de esta Coordinación Laboral. A su vez, el demandante manifiesta que existe un pasivo a favo.....