Se declarÓ la ADMISIÓN DE LOS HECHOS ajustada a derecho alegados por la parte accionante y CON LUGAR LA ACCIÓN INTENTADA por LUCY ARABELLA MONSALVE ORTEGA, ANA VERONICA AMAYA CONTRERAS y CARMEN DELFA MENDOZA DE BARRERA, titulares de las Cedulas de Identidad Nos V- 13.349.687, V-17.369.578 y V-4.923.373, en su orden, contra la UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO SANTA BÁRBARA C.A., por Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, condenándose a la parte demandada, al pago de las prestaciones sociales