PRIMERO: La Inadmisibilidad de la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, presentada por el ciudadano ELIO RAMÓN PULIDO ROSALES, titular de la cédula de identidad 8.487.655, contra el INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSIQUIÁTRICA DEL DOCTOR RAÚL CASTILLO, C.A.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costa dada la índole de la decisión.
Publíquese y Regístrese.-
Déjese copia certificada por Secretaria del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los veintidós (22) días del mes de marzo de dos mil once (2011).