Se declara la perención de la instancia y extinguido el proceso en el juicio que por estimación e intimación de honorarios profesionales, incoara el ciudadano Jesús Neptalí Escalante Pérez, venezolano, mayor de edad, con cédula n. ° V.- 4.203.164, abogado, inscrito en el I.P.S.A. bajo el n. ° 44.504, actuando en su propio nombre contra la ciudadana Miriam Judith Báez Sánchez, venezolana, mayor de edad, con cédula n. ° V.- 13.038.467. Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.