PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE LA PRESENTE DEMANDA y en consecuencia se entiende EXTINGUIDO EL PROCESO, seguido por el por la ciudadana LIBIA CAROLINA RAMIREZ SANCHEZ, titular de la cédula Nº V.-15.080.837, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES, en contra Sociedad mercantil ESERVAVEN C.A., representada por su propietario, ADRIAN JOSE SANCHEZ MARTINEZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 12.229.569, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, Y OTROS DERECHOS LABORALES.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circuns.....