administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Se declara la confesión ficta de la parte demandada, sociedad mercantil Expresos Bolivarianos, Sociedad Anónima.
SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano JOSÉ ERNESTO UGARTE MARTÍNEZ, en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL EXPRESOS BOLIVARIANOS, SOCIEDAD ANÓNIMA, ambos identificados en autos.
TERCERO: SE CONDENA a la sociedad mercantil Expresos Bolivarianos, Sociedad Anónima, a pagar la cantidad de DIEZ MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS BOLÍVARES CON CUARENTA CÉNTIMOS (Bs. 10.748.586,40), por el cobro de prestaciones sociales y otros conceptos relacionados supra.
CUARTO: Se ordena asimismo la realización de una experticia complementaria del fallo, con el fin de que se determine los montos a pagar por la demandada relativos a los intereses de mora conforme al artículo 92 de la Constitución de la Repú.....