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Decisiones del dia 28/02/2005
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Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Régimen Transitorio
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1
2
Sig
[
Total de sentencias: 17
]
Página 1 de 2
N° Expediente :
4863-91
N° Sentencia :
Fecha:
28/02/2005
Procedimiento:
Perención
Partes:
DEMANDANTE:FRANKLIN ANTONIO JAIMES SANCHEZ; DEMANDADO: EMPRESA SUPLY FRENOS TÁCHIRA C.A
Resumen:
En el caso que nos ocupa, observa este juzgador que la presente causa se encuentra en espera de la sentencia que decide el fondo de lo debatido; sin embargo, puede constatarse que la última actuación procesal en autos fue la realizada por la parte demandada en fecha 21 de febrero de 1994; transcurriendo desde esa fecha hasta el día de hoy, más de diez (10) años; lo cual denota un gran desinterés procesal para impulsar la causa a fin de lograr la tutela judicial efectiva. En ese sentido, siendo que en fecha 07/12/2004 se ordenó la notificación de la parte actora a los fines que compareciera por ante este Tribunal dentro de los tres (03) días de Despacho siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, a los fines que expusiera las causas o motivos que pudieren justificar su inactividad o desinterés en la acción propuesta, con la advertencia que su incomparecencia o la falta de fundamentación suficiente, c.....
Juez/Ponente:
Pedro Antonio Cañas Rivera
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Régimen Transitorio
arriba
N° Expediente :
6009-94
N° Sentencia :
Fecha:
28/02/2005
Procedimiento:
Perención
Partes:
DEMANDANTE:ADOLFO EDUARDO SILVA ; DEMANDADO: EMPRESA INDUSTRIAL PAPELERA ANDINA C.A
Resumen:
En el caso que nos ocupa, observa este juzgador que la presente causa se encuentra en espera de la sentencia que decide el fondo de lo debatido; sin embargo, puede constatarse que la última actuación procesal en autos fue la realizada por la parte demandada en fecha 16 de noviembre de 1994; transcurriendo desde esa fecha hasta el día de hoy, más de nueve (09) años; lo cual denota un gran desinterés procesal para impulsar la causa a fin de lograr la tutela judicial efectiva. En ese sentido, siendo que en fecha 17/12/2004 se ordenó la notificación de la parte actora a los fines que compareciera por ante este Tribunal dentro de los tres (03) días de Despacho siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, a los fines que expusiera las causas o motivos que pudieren justificar su inactividad o desinterés en la acción propuesta, con la advertencia que su incomparecencia o la falta de fundamentación suficient.....
Juez/Ponente:
Pedro Antonio Cañas Rivera
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Régimen Transitorio
arriba
N° Expediente :
0796-93
N° Sentencia :
Fecha:
28/02/2005
Procedimiento:
Perención
Partes:
DEMANDANTE:SILDANA VERA; DEMANDADO; DEMANDADO:EMPRESA RESTAURAN LA TABERNA
Resumen:
En el caso que nos ocupa, observa este juzgador que la presente causa se encuentra en espera de la sentencia que decide el fondo de lo debatido; sin embargo, puede constatarse que la última actuación procesal en autos fue la realizada por la parte demandada en fecha 01 de marzo de 1994; transcurriendo desde esa fecha hasta el día de hoy, más de diez (10) años; lo cual denota un gran desinterés procesal para impulsar la causa a fin de lograr la tutela judicial efectiva. En ese sentido, siendo que en fecha 31/01/2005 se ordenó la notificación de la parte actora a los fines que compareciera por ante este Tribunal dentro de los tres (03) días de Despacho siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, a los fines que expusiera las causas o motivos que pudieren justificar su inactividad o desinterés en la acción propuesta, con la advertencia que su incomparecencia o la falta de fundamentación suficiente, con.....
Juez/Ponente:
Pedro Antonio Cañas Rivera
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Régimen Transitorio
arriba
N° Expediente :
5930-94
N° Sentencia :
Fecha:
28/02/2005
Procedimiento:
Perención
Partes:
DEMANDANTE: ELDA ZORAIDA NARVAEZ; DEMANDADA: EMPRESA RENTABLES SRL
Resumen:
En el caso que nos ocupa, observa este juzgador que la presente causa se encuentra en espera de la sentencia que decide el fondo de lo debatido; sin embargo, puede constatarse que la última actuación procesal en autos fue la realizada por la parte demandante en fecha 29 de abril de 1997; transcurriendo desde esa fecha hasta el día de hoy, más de siete (07) años; lo cual denota un gran desinterés procesal para impulsar la causa a fin de lograr la tutela judicial efectiva. En ese sentido, siendo que en fecha 15/12/2004 se ordenó la notificación de la parte actora a los fines que compareciera por ante este Tribunal dentro de los tres (03) días de Despacho siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, a los fines que expusiera las causas o motivos que pudieren justificar su inactividad o desinterés en la acción propuesta, con la advertencia que su incomparecencia o la falta de fundamentación suficiente, c.....
Juez/Ponente:
Pedro Antonio Cañas Rivera
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Régimen Transitorio
arriba
N° Expediente :
6043-94
N° Sentencia :
Fecha:
28/02/2005
Procedimiento:
Perención
Partes:
DAMANDANTE: HONORIA VIVAS; DAMANDADO: AGROINDUSTRIA EL VALLE C.A
Resumen:
En el caso que nos ocupa, observa este juzgador que la presente causa se encuentra en espera de la sentencia que decide el fondo de lo debatido; sin embargo, puede constatarse que la última actuación procesal en autos fue la realizada por la parte demandada en fecha 27 de marzo de 1995; transcurriendo desde esa fecha hasta el día de hoy, más de (09) años; lo cual denota un gran desinterés procesal para impulsar la causa a fin de lograr la tutela judicial efectiva. En ese sentido, siendo que en fecha 20/12/2004 se ordenó la notificación de la parte actora a los fines que compareciera por ante este Tribunal dentro de los tres (03) días de Despacho siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, a los fines que expusiera las causas o motivos que pudieren justificar su inactividad o desinterés en la acción propuesta, con la advertencia que su incomparecencia o la falta de fundamentación suficiente, conllev.....
Juez/Ponente:
Pedro Antonio Cañas Rivera
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Régimen Transitorio
arriba
N° Expediente :
6066-94
N° Sentencia :
Fecha:
28/02/2005
Procedimiento:
Perención
Partes:
DEMANDANTE:ANA MIREYA MORA DE SANCHEZ ; DEMANDADO: BANCO HIPOTECARIO DE OCCIDENTE C.A.
Resumen:
En el caso que nos ocupa, observa este juzgador que la presente causa se encuentra en espera de la sentencia que decide el fondo de lo debatido; sin embargo, puede constatarse que la última actuación procesal en autos fue la realizada por las partes en fecha 18 de marzo de 2002; transcurriendo desde esa fecha hasta el día de hoy, casi tres (03) años; lo cual denota un gran desinterés procesal para impulsar la causa a fin de lograr la tutela judicial efectiva. En ese sentido, siendo que en fecha 11/02/2005 se ordenó la notificación de la parte actora a los fines que compareciera por ante este Tribunal dentro de los tres (03) días de Despacho siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, a los fines que expusiera las causas o motivos que pudieren justificar su inactividad o desinterés en la acción propuesta, con la advertencia que su incomparecencia o la falta de fundamentación suficiente, conllevaran a.....
Juez/Ponente:
Pedro Antonio Cañas Rivera
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Régimen Transitorio
arriba
N° Expediente :
6070-94
N° Sentencia :
Fecha:
28/02/2005
Procedimiento:
Perención
Partes:
DEMANDANTE: LUIS LEONARDO ORTIZ RANGEL ; DEMANDADO: BANCO HIPOTECARIO DE OCCIDENTE CA
Resumen:
En el caso que nos ocupa, observa este juzgador que la presente causa se encuentra en espera de la sentencia que decide el fondo de lo debatido; sin embargo, puede constatarse que la última actuación procesal en autos fue la realizada por la parte demandada en fecha 18 de marzo de 2002; transcurriendo desde esa fecha hasta el día de hoy, casi (03) años; lo cual denota un gran desinterés procesal para impulsar la causa a fin de lograr la tutela judicial efectiva. En ese sentido, siendo que en fecha 11/02/2005 se ordenó la notificación de la parte actora a los fines que compareciera por ante este Tribunal dentro de los tres (03) días de Despacho siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, a los fines que expusiera las causas o motivos que pudieren justificar su inactividad o desinterés en la acción propuesta, con la advertencia que su incomparecencia o la falta de fundamentación suficiente, conllevar.....
Juez/Ponente:
Pedro Antonio Cañas Rivera
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Régimen Transitorio
arriba
N° Expediente :
6344-95
N° Sentencia :
Fecha:
28/02/2005
Procedimiento:
Perención
Partes:
DEMANDANTE: ELIZABETH DEL CARMEN VALENTE UZCATEGUI; DEMANDADO: BANCO HIPOTECARIO DE OCCIDENTE CA.
Resumen:
En el caso que nos ocupa, observa este juzgador que la presente causa se encuentra en espera de la sentencia que decide el fondo de lo debatido; sin embargo, puede constatarse que la última actuación procesal en autos fue la realizada por la parte demandada en fecha 18 de marzo de 2002; transcurriendo desde esa fecha hasta el día de hoy, casi (03) años; lo cual denota un gran desinterés procesal para impulsar la causa a fin de lograr la tutela judicial efectiva. En ese sentido, siendo que en fecha 11/02/2005 se ordenó la notificación de la parte actora a los fines que compareciera por ante este Tribunal dentro de los tres (03) días de Despacho siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, a los fines que expusiera las causas o motivos que pudieren justificar su inactividad o desinterés en la acción propuesta, con la advertencia que su incomparecencia o la falta de fundamentación suficiente, conlleva.....
Juez/Ponente:
Pedro Antonio Cañas Rivera
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Régimen Transitorio
arriba
N° Expediente :
6399-95
N° Sentencia :
Fecha:
28/02/2005
Procedimiento:
Perención
Partes:
DEMANDANTE:ADELA CASTELLANOS RUEDA ; DEMANDADO: ARCADIO ROSALES
Resumen:
En el caso que nos ocupa, observa este juzgador que la presente causa se encuentra en espera de la sentencia que decide el fondo de lo debatido; sin embargo, puede constatarse que la última actuación procesal en autos fue la realizada por la parte demandante en fecha 30 de junio de 1997; transcurriendo desde esa fecha hasta el día de hoy, más de (07) años; lo cual denota un gran desinterés procesal para impulsar la causa a fin de lograr la tutela judicial efectiva. En ese sentido, siendo que en fecha 11/02/2005 se ordenó la notificación de la parte actora a los fines que compareciera por ante este Tribunal dentro de los tres (03) días de Despacho siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, a los fines que expusiera las causas o motivos que pudieren justificar su inactividad o desinterés en la acción propuesta, con la advertencia que su incomparecencia o la falta de fundamentación suficiente, conllev.....
Juez/Ponente:
Pedro Antonio Cañas Rivera
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Régimen Transitorio
arriba
N° Expediente :
6059-94
N° Sentencia :
Fecha:
28/02/2005
Procedimiento:
Perención
Partes:
DEMANDANTE: RAMON OCTAVIO GUERRERO GUERRERO; DEMANDADO: ARIEL SÁNCHEZ SIUCO
Resumen:
En el caso que nos ocupa, observa este juzgador que la presente causa se encuentra en espera de la sentencia que decide el fondo de lo debatido; sin embargo, puede constatarse que la última actuación procesal en autos fue la realizada por la parte demandada en fecha 20 de marzo de 1995; transcurriendo desde esa fecha hasta el día de hoy, más de (09) años; lo cual denota un gran desinterés procesal para impulsar la causa a fin de lograr la tutela judicial efectiva. En ese sentido, siendo que en fecha 20/12/2004 se ordenó la notificación de la parte actora a los fines que compareciera por ante este Tribunal dentro de los tres (03) días de Despacho siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, a los fines que expusiera las causas o motivos que pudieren justificar su inactividad o desinterés en la acción propuesta, con la advertencia que su incomparecencia o la falta de fundamentación suficiente, conllev.....
Juez/Ponente:
Pedro Antonio Cañas Rivera
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Régimen Transitorio
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