Por la motivación antes expuesta este TRIBUNAL PRIMERO DE TRANSICION DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE:
PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR LA DEFENSA PERENTORIA DE PRESCRIPCION DE LA ACCION propuesta por el Síndico Procurador del Municipio Panamericano en su escrito de contestación a la demanda..
SEGUNDO: SE DECLARA SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano Eslidio Ramos Escalante Rosales en contra de la Alcaldía del Municipio Panamericano de esta Entidad Federal.
No hay condenatoria en costas, en virtud que el trabajador no devengaba más de tres salarios mínimos, de conformidad con la Jurisprudencia emanada de la Sala de Casación Social.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, sellada, firm.....