Ahora bien, como quiera que de los autos se desprende que, desde la última diligencia presentada en fecha veintidós de septiembre de 2004, las partes no han dado el impulso procesal correspondiente al recurso ejercido y habiendo transcurrido holgadamente el lapso establecido en el artículo antes señalado, en concordancia con el término de un año que establece el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, este TRIBUNAL PRIMERO DE TRANSICIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIP CIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre
de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara de oficio la PERENCION de la instancia y extinguido el proceso en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos incoara el ciudadano PEDRO HUMBERTO ROBLES en contra del ciudadano HERNANDO ISMAEL MORENO CONTRERAS.
Regístrese y publíque.....