Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide:
1) GARANTIZAR a los empleados, directivos, proveedores, visitantes, clientes y cualquier otro integrante de la comunidad con quien deba COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA S.A., Distribuidora La Fría relacionarse para el ejercicio de su cotidiana actividad, la continuidad del acceso y salida de las instalaciones de COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA S.A., Distribuidora La Fría, sin que ello implique movilización alguna de vehículos y maquinarias de la mencionada Empresa o de cualquier otro particular distinto a ella en la Distribuidora de La Fría.
2) GARANTIZAR a los empleados, directivos, proveedores, visitantes, clientes y cualquier otro integrante de la comunidad con quien deba relacionarse COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA S.A., Distribu.....