PRIMERO: LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al estado de que el defensor adlitem nombrado y designado, proceda a CONTESTAR la demanda incoada en contra de su representado, por GLADYS MARELENE PEREZ plenamente identificada en autos, siguiendo los lineamientos establecidos en el Tribunal Supremo de Justicia en materia de la defensa adlitem para la mejor defensa del demandado.
SEGUNDO: Nulo todo lo actuado, a partir de la contestación de la demanda de fecha 28 de marzo de 2006 contestación realizada extemporáneamente, quedando con todo su efecto y valor jurídico los poderes que hayan sido otorgado en juicio durante este lapso procesal.
TERCERO: SE ORDENA la notificación del defensor adlitem nombrado abogado MARTIN ALONSO GUERRERO GUERRERO IPSA No. 82.780 así como también a la parte demandante GLADYS MARLENE PEREZ y/o apoderado judicial abogado: EVENCIO MORA MORA, inscrito en el IPSA No. 31.083 de la reposición de la causa ordenada por este tribunal.
CUARTO: Una vez conste en autos la no.....