PARTE DISPOSITIVA.
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, de conformidad con los artículos 26 y 257 Constitucional y 12 Y 272 del Código de Procedimiento Civil y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: LA AUTORIDAD DE COSA JUZGADA FORMAL en la presente causa en la que demanda HECTOR OMAR AMAYA CONTRERAS, Colombiano, mayor de edad, titular de las cedula de identidad N° E-81.859.480, de este domicilio y hábil en contra de: ESTEBAN DE JESUS ALVAREZ BARRIGA, ROBINSON ALVAREZ BARRIGA y LAZARO NAVARRO ALFONSO MARIA venezolanos mayores de edad, titulares de las cedula de identidad Nros: V- 13.149.076, V-11.502.765 y V-9.239.587, de este domicilio y hábiles por DERECHO DE PREFERENCIA, conforme el articulo 272 del Código de Procedimiento Civil, por haber sido ventilado y sentenciado en JUICIO DE TERCERIA .....