PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado JOHN HUMBERTO ARELLANO, apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia de fecha 20 de enero de 2006, proferida por el Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la cuestión previa relativa a la caducidad de la acción prevista en el ordinal 10º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil
TERCERO: Se REVOCA la sentencia proferida en fecha 20 de Enero de 2006, por el Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
CUARTO: Se declara SIN LUGAR la demanda propuesta por la ciudadana YELIPSA MARIA SANCHEZ PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.338.937, contra la ciudadana EMILEX DE LA CRUZ MORENO MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.125.494, por motivo de saneamien.....