declara bastantes y suficientes las anteriores diligencias, para asegurarle a los ciudadanos MATILDE GÓMEZ DE BASTOS, OSCAR ASDRÚBAL BASTOS GÓMEZ y VÍCTOR GERARDO BASTOS GÓMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N°s V.-1.529.555, V.-3.622.630 y V.-3.622.628 respectivamente y hábiles, asistidos por la abogada Delcia Lourdes Acevedo Bastos, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 53.121, el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus VÍCTOR BASTOS, quien era en vida esposo de la primera nombrada y padre de los siguientes, antes identificados. Se deja a salvo todo derecho de terceros. Se acuerda devolver originales estas actuaciones dejando copia certificada para el archivo del Tribunal.-