LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN celebrada entre las partes, en una parte por los ciudadanos Marianela Briceño Gil y Nestor Luis Briceño Suárez, en su carácter de parte demandada en la presente causa, la primera representada por su apoderado abogado Leonidas Espinoza Linares, y Nestor Edid Briceño Gil, en su condición de ocupante del inmueble objeto del presente juicio, quien se encuentra asistido por el abogado Uglis Antonio Salaverria Castillo, y por la otra parte el ciudadano Fernando Antonio Peña Rangel, en su carácter de parte demandante en la presente causa, representado por su apoderado abogado Gerson Daniel Moreno Rangel, ambas partes suficientemente identificadas. En consecuencia, este Tribunal le otorga su aprobación a la referida transacción, y acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se mantienen vigentes las medidas decretadas, hasta tanto conste en autos la cancelación total de la obligación. En cuanto a los cheques consignado.....