Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado Tercero de Primero Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:
PRIMERO: Con Lugar la demanda interpuesta por la ciudadana Ceymar del Valle Álvarez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.891.059, licenciada en Educación, domiciliada en esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira y civilmente hábil en contra de los Herederos del decujus Cesar Augusto Martínez Arreaza, quien era venezolano, mayor de edad, abogado, titular de la cédula de identidad N° V.-3.981.737 por inquisición de paternidad.
SEGUNDO: Se declara que la ciudadana Ceymar del Valle Álvarez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.891.059 es hija del decujus CESAR AGUSTO MARTINEZ ARREAZA, quien era venezolano, abogado, titular de la cédula de identidad.....