DECRETA LA INTERDICCION PROVISIONAL del nombrado JOSÉ LUIS ZAMBRANO MÁRQUEZ, y al efecto nombra TUTOR a su hermano, MIGUEL JOSÉ ZAMBRANO MÁRQUEZ, venezolano, mayor de edad, títular de la cédula de identidad Nº V-13.467.484, de este domicilio y hábil, a quien se acuerda notificar para que concurra por ante este Tribunal a las once de la mañana del tercer día de despacho siguiente después de que conste en autos su notificación, a los fines de su aceptación y juramento. De conformidad con los artículos 414 y 415 del Código Civil, se ordena protocolizar este decreto en la Oficina de Registro jurisdiccional y publicarlo en el DIARIO LOS ANDES. Queda la causa abierta a pruebas, quedando las partes a derecho en relación a esta fase del procedimiento. Líbrese boleta de notificación y copia certificada a los fines de su registro y publicación en la prensa.