Por los razonamientos anteriores, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente demanda de DIVORCIO, intentada por la ciudadana MARY LUZ MORENO MORENO, contra el ciudadano LUIS FELIPE MONTES, ambas partes identificadas en la presente decisión, con fundamento en la causal segunda y tercera del artículo 185 del Código Civil. En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Pedro María Morantes, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, en fecha 08 de diciembre de 1978, según consta de acta de matrimonio Nº 338.
No hay condena en costas por la naturaleza de la acción.
Una vez quede firme la presente decisión, se acuerda remitir copia fotostática certificada al Registro Civil del Municipio.....