Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la rectificación de la partida de nacimiento Nº 572 de fecha 23 de Julio de 1959, perteneciente a la ciudadana ANA MARIA VILLALTA RANGEL, inserta por ante el Registro Principal del Estado Táchira, a colocar una nota marginal en la partida de nacimiento antes referida.