PARTE DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: CON LUGAR la Cuestión Previa Opuesta contenida en el Ordinal 11° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, interpuesta por el abogado Neptalí Escalante, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte co-demandada. En consecuencia, se declara desechada la demanda y extinguido el proceso de conformidad con lo establecido en el artículo 356 ejusdem.
SEGUNDO: De conformidad a lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte perdidosa.
Levántese la medida una vez quede definitivamente firme la presente decisión.