Por las razones expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, LE IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO realizado por los ciudadanos PAULA HONDAYA ACOSTA GUERRERO, parte actora y NILVIO ENRIQUE LOPEZ CHAVEZ parte demandada, expresado en el numeral primero otorgándole su aprobación. Con respecto a los numerales del segundo al cuarto este Tribunal no se pronuncia a los mismos puesto que no corresponde a la materia debatida en el presente juicio. En consecuencia, se levanta la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en fecha 30 de Noviembre de 2018. Ofíciese lo conducente al Registro Público del Primer Circuito de los Municipios San Cristóbal y Torbes del Estado Táchira. Se acuerda expedir copia certificada de la diligencia de desistimiento y del presente auto. Se insta a la parte interesada a impulsar las copias respectivas, a los fines de su certificación. Se da por terminado.....