DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y DE BIENES POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los cónyuges, ciudadanos: ELIZABETH KATERINE DEPABLOS LUCENA y ALEJANDRO SANCHEZ ALEZARD, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-10.148.575 y V-12.815.872 respectivamente, domiciliados en Táriba Municipio Cárdenas, Estado Táchira, Estado Táchira y civilmente hábiles, asistidos por el abogado en ejercicio JUAN ALEJANDRO VASQUEZ COLMENARES, venezolano, mayor de edad, inscrito en el I.P.S.A. bajo el número 74.440 y hábil. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público respectivo, con copia certificada de la solicitud y del presente auto. Se insta a la parte solicitante a impulsar las fotocopias respectivas para la elaboración de la boleta del Fiscal.