Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio de DIVORCIO, incoada por el ciudadano RAMIRO ANTONIO ZAMBRANO GELVES, representado a través de su co-apoderado judicial el abogado OSWALDO ALIRIO LÓPEZ ALBESIANO, contra la ciudadana SANDRA COROMOTO PÉREZ LAGUNA, en consecuencia, se declara EXTINGUIDO el proceso.