Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN realizada por las partes en la presente causa, dándole a la misma el carácter de sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada.
Por lo tanto, visto el cumplimiento de la obligación aquí acordada, SE ORDENA EL CIERRE Y EL ARCHIVO del presente expediente.
Asimismo, según lo solicitado por la parte demandante, y visto el cumplimiento de la transacción celebrada, es que este Tribunal LEVANTA LA MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO, decretada en fecha 20-06-2022 (fl. 96), y llevada a cabo por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia de esta Circun.....