PARTE DISPOSITIVA
Con fuerza de los razonamientos antes expuestos, tanto de hecho, como de derecho, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de PARTICIÓN, intentada por la ciudadana DOLORES VERA VILLAMIZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 8.986.570, con domicilio en La Av. Venezuela entre calle 6 y 7 No. 6-29, Local 2 del Barrio Ocumare de la Ciudad de San Antonio del Táchira, Municipio Bolívar Jurisdicción del Estado Táchira y civilmente hábil, contra el ciudadano JOSE ENRIQUE MURCIA BUITRAGO, venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.185.762, con domicilio en la ciudad de Ureña en la calle 3, vía san Antonio del Táchira No. 7-138 y 10-380, Barrio Plaza Vieja de la ciudad de Ureña Municipio Pedro María.....