De la norma anteriormente indicada se desprende claramente, que las partes que integran la relación jurídica procesal en el juicio del tribunal que conoce la causa, tendrán 05 días para apelar aquella decisión con la que no estén de acuerdo.
En el presente caso, el auto que declaró inadmisible la demanda fue dictado por este Juzgado en fecha 12/08/2013, y la parte actora contra el respectivo auto tenía cinco días para ejercer recurso de apelación, el cual estuvo comprendido desde el 13/08/2013 hasta el 18/09/2013, ambas fechas inclusive.
En consecuencia, visto el cómputo anterior, así mismo en concordancia con lo disciplinado en el artículo 298 del Código de Procedimiento Civil, NIEGA LA APELACIÓN interpuesta por la parte actora, por ser EXTEMPORANEA POR TARDÍA. Y así se decide.