Con vista a la declinación de competencia emitido por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de fecha 02 de mayo de 2016, este Tribunal en aras de dar continuidad al presente procedimiento de Divorcio, cuyo procedimiento se desarrolló por ante este Tribunal desde su admisión (14 de agosto de 2014) hasta la declinatoria declarada por este Tribunal, es decir hasta el 14 de mayo de 2015 (fl.47), se dispone la nulidad de las actuaciones procesadas en el Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, dejando a salvo el Acta de Nacimiento de la niña Valentina y la decisión que encabeza el presente auto. Y así se decide.
Ahora bien, a los efectos de computar la etapa procesal que deriva de la reposición aquí declarada, se aclara que desde el 10 de marzo de 2015, - fecha en que fueron admitidas las pruebas por este tribunal- hasta el 04 de mayo de 2015, ambas fechas ex.....