este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA INTERDICCION PROVISIONAL de la ciudadana MEDINA HURTADO NANCY XIOMARA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-9.222.100, domiciliada en la calle 16 N° 12-12, La Romera, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira. En consecuencia se nombra como TUTORA de la precitada ciudadana, a su hermana ciudadana ANA ESPERANZA MEDINA de SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° V-9.222.101, domiciliada en el Conjunto Residencial Monte Rey, Bloque 09 piso 1, apartamento 06 Municipio San Cristóbal del Estado Táchira y hábil, a quien se acuerda notificar a los fines de su aceptación. Una vez conste en el expediente su aceptación, a las diez de la mañana del tercer día de despacho siguiente se llevará a cabo el acto de la juramentación.