este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA INTERDICCION PROVISIONAL del ciudadano JOSÉ LEÓN ESTUPIÑÁN, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad V-6.726.142, domiciliado en el Junco, Aldea Capachito, Municipio Cárdenas del Estado Táchira. En consecuencia se nombra como TUTOR INTERINO del precitado a la ciudadana CARMEN ROSA LEÓN ESTUPIÑAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-6.726.138 del mismo domicilio del Interdictado, a quien se acuerda notificar a los fines de su aceptación y juramento.