Ergo, considero prudente desprenderme de la presente causa, vista la disconformidad y desconfianza manifestada por la abogada EDDY MAYERLIN LOZANO PORTILLA, la cual produjo en mi persona un malestar que afecta mi serenidad, siendo lo más sano, objetivo y prudente desprenderme de la presente causa, a los efectos de disipar la duda, preocupación y desconfianza que tiene la prenombrada profesional del Derecho. Formalmente me INHIBO del conocimiento de la causa por las razones antes expuestas, por considerar que se ha configurado la causal de inhibición prevista en el artículo 82.20° del Código Adjetivo Civil, en concordancia con la sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 07 de agosto de 2003, Exp. 02-2403, solicitándole al Juez Superior que conozca de la presente inhibición que la declare con lugar.
A fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 86 ejusdem, déjense transcurrir dos (2) días de despacho, para que las partes manifieste.....