PARTE DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando e impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda de Reconocimiento de Unión Concubinaria, interpuesta por ROSA MARÍA RAMÍREZ MONCADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.790.925, de este domicilio y hábil, contra los ciudadanos MARÍA JOSÉ LABRADOR RAMÍREZ y JOSÉ GILBERTO LABRADOR RAMÍREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-27.271.579 y V.-27.271.580, de este domicilio y civilmente hábiles, continuadores jurídicos del causante GILBERTO OMAR LABRADOR OROZCO, fallecido, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nro. V.-5.647.551.
SEGUNDO: Se DECLARA JUDICIALMENTE RECONOCIDA la relación concubina.....