El Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira declaro SIN LUGAR La cuestión previa prevista en el ordinal 11° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil opuesta por el abogado EMERSON RIMBAU MORA SUESCUN, con Inpreabogado No. 78.952, en condición de apoderado judicial de los ciudadanos RAMÓN MARIA ZAMBRANO CARDENAS y BENJAMIN EDUARDO ZAMBRANO CARDENAS parte demandada en el presente juicio.