PRIMERO: SIN LUGAR el Interdicto Restitutorio interpuesto por MARIA LUCRECIA PARADA DE SANTANA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 2.084.064, hábil de este domicilio, contra LISBETH JACKELINE BARRIENTOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula No. V- 9.144.107, comerciante, hábil de este domicilio.
SEGUNDO: Notifíquese a las partes de la presente decisión.
TERCERO: Se condena en costas a la parte querellante de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.