Vista la norma supra trascrita, el legislador previó que para este tipo de situaciones donde se proponga una tacha incidental, la misma debe ser formalizada en el quinto (5°) día siguiente a la propuesta de tacha, sin embargo en el caso de marras, la tacha fue propuesta en el escrito de contestación a la demanda, el cual fue consignado a la Secretaría del Tribunal en fecha 27 de mayo de 2010 (fls. 281 al 298 del Cuaderno Principal) y pasados seis (6) días de éste hecho, el abogado tachante procedió mediante escrito de fecha 04 de junio de 2010 (fls. 1 al 8), a formalizar la tacha incidental propuesta, lo cual según la norma supra trascrita, ésta fue formalizada fuera del lapso establecido para tal fin.
Visto según se evidencia del cómputo que antecede, que el escrito de formalización de tacha fue legalmente presentado ante la Secretaría de este Tribunal al sexto (6°) día de despacho siguiente a la fecha en que se propuso la tacha incidental y que según el único aparte del artículo .....