Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, constituido por JUECES RETASADORES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: Que los ciudadanos ANTONIO RAMÓN ZAMBRANO ROA y CRISTÓBAL ANTONIO ZAMBRANO VALECILLOS, identificados al inicio de esta Sentencia, deben pagar a la abogada actora SONIA PAREDES DE MORENO, identificada al inicio de esta Sentencia, la suma de OCHO MILLONES SETECIENTOS VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 8.720.000,oo), por las actuaciones judiciales que ésta realizó en su representación, en el procedimiento que cursa el Expediente N° 16.649 de fecha 04 de junio de 2004, de este Tribunal.