Vista la diligencia de fecha 7 de enero de 2013, suscrita por la ciudadana MARY LUZ BRACHO QUINTERO, asistida por el abogado JOSE PEÑA ANDRADE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 26.153, contentiva del DESISTIMIENTO, que hace del procedimiento, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, DA POR CONSUMADO EL DESISTIMIENTO y le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Conforme a lo solicitado, se acuerda el desglose de los documentos originales que acompañan la solicitud, dejando en su lugar copia fotostática certificada. Por cuanto no hay más actuaciones que realizar, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.